Primera sentencia de nuestro Bufete de Huelva a favor de la afiliada al SPPME-A, siendo una trabajadora del ámbito laboral y no funcionarial.
La demanda se presentó ante el Decanato de los Juzgados de Huelva. Nuestra afiliada venía prestando servicios de manera ininterrumpida para SADA del Ayuntamiento de Almonte con un contrato de trabajo temporal, a tiempo parcial y para obra o servicio definido como “Cubrir bajas, vacaciones, servicios estivales verano 2017 en Almonte, El Rocío y Matalascañas”.
Sentencia:
Que, estimando la demanda interpuesta por DOÑA ——- contra SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO DE ALMONTE S.L.U., debo declarar y declaro el derecho de la actora a que su relación laboral con SERVICIOS DE AYUDA A DOMICILIO DE ALMONTE S.L.U. sea considerada como de carácter indefinido (no fijo) desde el 4 de julio de 2017, con cuantas consecuencias resulten inherentes a tal declaración, condenando a la entidad demandada a estar y pasar por los efectos de la misma.
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