
El Defensor del Pueblo Andaluz, después de haber examinado la abundante documentación aportada por un Agente de Policía Local de Moguer, admite a trámite y da la razón a la queja interpuesta por la gestión realizada por el Ayuntamiento en la tramitación de la solicitud de pase a la situación administrativa de segunda actividad por disminución de las aptitudes psicofísicas según el DECRETO de la CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN nº 135/2003, de 20 de mayo, por el que se desarrolla la situación administrativa de segunda actividad de los funcionarios de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía.
A la vista de la documentación aportada el dPA estima que se está produciendo un retraso por parte del Ayuntamiento en la respuesta a la solicitud presentada el día 23 de julio de 2024 y, en un primer momento, la intervención se centrará en requerir al Ayuntamiento de Moguer que resuelva y notifique expresamente, sin más dilaciones, la solicitud presentada por el Agente.
Esta institución también sugiere que denuncie esta situación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Se da la situación que este Agente de Policía es representante del personal Funcionario en el Ayuntamiento de Moguer por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España – Andalucía (SPPME-A), que pudiera estar sufriendo represalias por el desarrollo de sus funciones y ganar, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, un recurso contra el Decreto del Concejal de Seguridad Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Moguer respecto al Plan Director y Organigrama Policía Local de 2.023, el cual, promovía la asignación de funciones de mando sin tener en cuenta los principios de idoneidad, mérito, capacidad y antigüedad que rigen la función pública y sin la negociación colectiva correspondiente.



